El Diario Oficial de la Generalidad Valenciana (DOGV) publicó el pasado 4 de octubre la resolución (DOGV nº 9187 de 04/10/2021) por la que el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) convoca ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del “Plan de recuperación, transformación y resiliencia europeo”.
Según explican desde IVACE, se establecen 5 programas de incentivos:
- Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
- Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones y el tercer sector.
- Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.
Entre los beneficiarios de estos programas se encuentran, por ejemplo, gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía, y empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos, así como también hay varios programas destinados a comunidades de energías renovables o comunidades ciudadanas de energía.
Uno de los aspectos a tener en consideración en la resolución es que especifica que todas las instalaciones acogidas a cualquier programa de incentivos de la convocatoria deberán contar con un sistema de monitorización de la energía eléctrica o térmica producida por la instalación objeto de subvención. De hecho, se especifican las funcionalidades con las que debe contar este sistema, que son las siguientes:
- Este sistema deberá mostrar como mínimo la producción energética renovable en términos diario, mensual y anual, y el correspondiente consumo energético para los mismos periodos.
- Adicionalmente a lo anterior, el sistema podrá mostrar datos adicionales como, por ejemplo: emisiones de CO2 evitadas y ahorro económico generado para el propietario de la instalación.
- Deberá existir una pantalla en un lugar visible que muestre estos datos de forma actualizada. Esto será de aplicación a todos los programas excepto para las actuaciones en el sector residencial incluidas en los programas de incentivos 5 y 6.
- Adicionalmente a lo anterior, para cualquier actuación, esta misma información deberá ser accesible a través de dispositivo móvil.
Nuestro sistema de monitorización es, por tanto, la solución perfecta para un control activo tanto de la generación como de la acumulación y la demanda de energía eléctrica o térmica de instalaciones, imprescindible para optimizar la gestión y producción.